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Periodista ecuatoriano comprometido con causas sociales...

miércoles, 7 de enero de 2009

Continúan las trabas para defensores de la naturaleza y derechos humanos

Por Marco Cedillo Cobos

Como en tiempos de la Asamblea Nacional Constituyente, ANC, se hablaba de “refundar la República”, los defensores de la naturaleza y derechos humanos, perseguidos y enjuiciados por empresas privadas y públicas, asumieron que ese propósito sería irrealizable si sus derechos seguían violentados, y los agresores campantes.

Por este motivo, la Comisión Ecuménica de Derechos Humanos, Cedhu, la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos, Inredh, y Acción Ecológica presentaron a la ANC una propuesta de amnistía, para liberar de los cargos a los mencionados dirigentes. De igual manera, propusieron cambios fundamentales para la nueva Constitución. En lo primero, se ha avanzado; en lo segundo, falta mucho por hacer.

En marzo/08, la ANC exculpó a unos 700 luchadores sociales. “Amnistía es olvido, pero en este caso es (…) el reconocimiento del derecho a defender la naturaleza y la vida. No se trata de actuar fuera de la ley, pero tampoco de utilizarla para castigar a quienes defienden la tierra, su subsistencia y la naturaleza”, dijo Alberto Acosta, en ese entonces, presidente de la Asamblea. El artículo 4 de la resolución dispuso a la Corte Suprema de Justicia, al Ministerio Público, al Ministro de Gobierno y Policía y a las instituciones competentes, la inmediata ejecución de lo decidido por la Asamblea.

A pesar de los plenos poderes de la ANC la resolución no ha sido cumplida por ciertas autoridades judiciales. “Se puede interpretar las resoluciones cuando son complejas, pero cuando son concretas y establecen las personas y/o el número de proceso no cabe la interpretación, simplemente el acatamiento. Los problemas más serios están a nivel de implementación de la amnistía”, explica Wilton Guaranda, asesor jurídico de INREDH.

No es difícil intuir las razones que están detrás de las complicaciones, pues la Fiscalía, los municipios y la fuerza pública tienen mucho que ver en la criminalización de la protesta social. Así lo demuestra Guaranda: “En Chillanes y Orellana se detectan vínculos entre jueces y elementos del Ejército. En Orellana, el abogado de las empresas Perenco y Petrobrás (con múltiples denuncias contra dirigentes), es abogado de la Brigada de Selva Napo 19 y esposo de la secretaria del Juzgado de lo Civil. A su vez, la secretaria de este juzgado es comadre del juez de lo penal. Igual ocurre en Chillanes: el actual fiscal fue compañero de universidad del alcalde Rolando Colina, otro de los mayores perseguidores a líderes que resisten la construcción de la planta hidroeléctrica Hidrotambo”.

El escenario post amnistía presenta casos similares con actuaciones distintas, especialmente en provincias. Las organizaciones de derechos humanos y ambientalistas alertaron a la Asamblea y a la Fiscalía sobre las sanciones y responsabilidades penales que conlleva el desacato a la resolución. Sin embargo, se desconoce sobre la destitución de algún juez, o que se haya iniciado acción penal alguna. A pesar de los tropiezos, para Cecilia Chérrez (Acción Ecológica) “la amnistía puso un alto al abuso que se estaba dando”.

¿Qué se logró con la amnistía?
La amnistía indudablemente liberó de la carga delictiva a las personas enjuiciadas, detenidas o sentenciadas por la legítima defensa de sus derechos. La Asamblea reconoció y determinó que éstas son acciones políticas y no delincuenciales como lo han calificado las empresas y operadores de justicia. Aquella visión delictiva y estigmatizadora de la protesta social se cambió por una concepción de tipo político, dejando al descubierto la utilización de la justicia para reprimir el justo reclamo de las comunidades.

Someramente, se reconoció el carácter constitucional de la resistencia social. El artículo 98 de la Constitución vigente habla sobre este derecho. Es un importante logro porque se faculta a la sociedad civil a accionar para defender su territorio, recursos e integridad, sin ser catalogados como delincuentes. Se rompió el juicio individual y se impuso la causa colectiva.

Tareas pendientes
Wilton Guaranda recuerda que en el año 2006, el informe sobre defensores de derechos humanos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, ya alertaba sobre este tipo de problemas. Y recomendó que los Estados se aseguren que sus autoridades o terceras personas no manipulen el poder punitivo del Estado y sus órganos de justicia para hostigar a quienes se dedican a actividades legítimas, como es el caso de las defensoras y defensores de derechos humanos.

La deuda moral del Estado ecuatoriano sigue vigente. Por tanto, debe completar la investigación para establecer responsables, cómplices y encubridores; asumir su responsabilidad e implementar las medidas necesarias para reparar a los afectados. Asimismo, quienes cometieron este tipo de ilícitos contra pobladores (sean particulares, servidores o funcionarios públicos) deben responder por sus actos, para que no impere la impunidad.

Entonces, una vez que se supere la “transición especial” que vive el país, y aplicando el artículo 98 de la Constitución, será necesario operativizar, en leyes y reglamentos, los mecanismos necesarios para proteger a quienes defienden los derechos humanos y de la naturaleza. Accionarlo en la práctica es la tarea de hoy. Dejarlo a nivel declaratorio será solamente un gesto de congratulación con organismos internacionales. Y eso no sería suficiente para refundar la República.

Reparación integral
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Cidh, reconoce que la labor de los defensores de derechos humanos es fundamental para la existencia plena de la democracia y el Estado de Derecho, ante lo cual recomienda que estas arbitrariedades, cometidas contra luchadores sociales, sean investigadas y sus responsables sancionados. En este sentido, el país espera que el Gobierno ecuatoriano demuestre voluntad política para erradicar la utilización de la justicia con fines políticos. Solo así se podrá desterrar las agresiones a luchadores sociales que prevalecen en zonas mineras y petroleras.

Exigir reparación integral significa que las personas afectadas en sus derechos tengan la oportunidad de resarcirse en lo material e inmaterial. Que esa gente que ha pagado abogado para defenderse en los juicios, que se ha mudado para no ser detenido, o que no ha podido trabajar; es decir, que alteró violentamente su vida cotidiana por culpa de terceros, reciba una reparación económica. De igual forma, que a las personas, familias o comunidades ofendidas o acusadas el Estado les ofrezca disculpas públicas, difundidas por todos los medios posibles.

“El más alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitución. (…) estarán obligados a reparar las violaciones a los derechos de los particulares por la falta o la deficiencia en la prestación de los servicios públicos (…)”, dice el artículo 11, numeral 3 de la Constitución Política ecuatoriana. Entonces, -investigar y sancionar a autores, reparar a afectados, proteger a luchadores sociales-, pretende consolidar el respeto al derecho a la resistencia que les asiste a las comunidades y precautelar la vida de sus defensores. Tarea inmediata; así lo afirma Chérrez: “Urge legislar para que estos hechos no se repitan, pues hay el riesgo de que la criminalización se reactive con más fuerza”.